¿Quieres seguir ayudando a la Infancia y la Juventud a través del yoga cuando ya no estés?

¿Qué es el testamento solidario?

El legado solidario es un acto de generosidad con el que, tras velar por tu familia y seres queridos, podrás dejar parte de tu patrimonio a la Fundación Yoga Pura Vida y contribuir a mejorar la vida de las personas más empobrecidas de la sociedad africana, con atención especial a la infancia y la juventud, dándoles acceso a una educación y salud integrativa para que logren dignidad y autosuficiencia.

Fundación Yoga Pura Vida yoga y arteterapia para niños, niñas y adolescentes
Los recursos económicos derivados de los legados se destinarán al conjunto de proyectos que la organización considere prioritarios en África, o en el caso de que el legatario lo comunique podrá destinarse a una determinada área de nuestros programas.
Si no hay herederos ni testamento, los bienes pasan
a disposición del Estado.
Piénsalo. Y antes de decidirte, infórmate. Descubrirás que dejar parte de tu herencia o hacer un legado es mucho más fácil de lo que crees y que puede hacerse
sin afectar a los intereses de tus herederos.

¿Por qué legar a la Fundación Yoga Pura Vida?

Tu legado ayudará a mejorar la vida de niños,  jóvenes y familias empobrecidas para que puedan convertirse en los protagonistas de su propio desarrollo.

Nuestro modelo de trabajo y nuestros proyectos funcionan desde hace 9 años enriqueciendo las capacidades físicas, mentales y emocionales de la infancia y la juventud, mejorando el presente y labrando un futuro más próspero y feliz.

La transparencia y honestidad nos acompañan desde el inicio de nuestro trabajo.  Nuestras cuentas son públicas y están a disposición de quien desee verlas a través de la web. 

Fundación Yoga Pura Vida yoga y arteterapia para niños, niñas y adolescentes

Otorgar testamento a favor de Yoga Pura Vida es una buena decisión, porque donar tus bienes para mejorar el presente y el futuro de la infancia y la juventud, es el mejor regalo que puedes hacer a la Vida una vez la hayas dejado.

Con nuestros proyectos y tu legado transformaremos positivamente el presente y el futuro de las nuevas generaciones. Beneficiar con nuestros proyectos a más niñas, niños y jóvenes depende de gente como tu

€ 5.000

Becamos durante 1 año a 5 participantes africanos a nuestros curso ‘Estudio de los Yogas Clásicos’ 

€ 10.000

Becamos a 10 participantes  durante 1 año

€ 15.000

Becamos a 10 participantes  durante 2 años

¿Qué puedo Legar?

En tu testamento, puedes tomar las medidas necesarias a favor de tu familia y amigos, pero además puedes destinar parte de tu herencia a la finalidad que tú elijas.

Legar significa dejar una cantidad concreta de dinero, acciones, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria, obras de arte, antigüedades, joyas, un derecho de usufructo, etc. Si no se trata de dinero en efectivo, la Fundación buscará un comprador y destinará los recursos obtenidos de la venta a uno de los proyectos en curso. 

Si te importa que el futuro de los mas pequeños de nuestra sociedad, puedes actuar incluyendo a la Fundación Yoga Pura Vida en tu testamento. Es sencillo y no supone un perjuicio para tus seres queridos.

Formas de incluir a la Fundación Yoga Pura Vida en tu testamento

Existen diferentes maneras de tener presente a Yoga Pura Vida en tu testamento, dependiendo de tus circunstancias:

  1. En el caso de que no tengas herederos, puedes nombrar a Yoga Pura Vida heredero universal, entregandole todos tus bienes, derechos y/o acciones.
  2. En el caso de que quieras entregar tus bienes a más de una persona y/o institución, puedes nombrar a Yoga Pura Vida coheredero, señalando en el testamento el porcentaje asignado a cada una de las partes.
  3. Realizar una donación a Yoga Pura Vida de un bien concreto a través de un legado.  Es decir algo concreto. Puede ser una cantidad determinada de dinero, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria o bienes inmuebles (obras de arte, antigüedades…)

Ventaja de hacer testamento

 

  1. Hacer testamento te permite decidir cómo quieres administrar tu patrimonio.
  2. Es la garantía que tienes de que cualquier deseo que tengas, como establecer un legado o donar algo específico a alguien, se va a cumplir.
  3. Puedes nombrar a un tutor de tu confianza si tienes hijos menores o incapacitados.
  4. El testamento permite que se cumpla tu voluntad de la forma  más económica posible, ya que evita costear el correspondiente procedimiento de testamentaría.
  5. En definitiva, el testamento es el fiel reflejo de tu voluntad y de tus deseos, y además, evita problemas a tus familiares. En caso de no hacerlo, tu familia puede tener dificultades innecesarias y sería la Ley la que decidiría  la forma de dividir tu patrimonio.

Para conseguir que tu testamento sea válido y pueda cumplirse en la forma que hayas establecido,  te recomendamos que, dada la variedad de formas de testamento que existen, te asesores siempre por medio de un profesional del Derecho. 

Hacer testamento en España es fácil

El ordenamiento jurídico español recoge varias formas de hacer testamento:

  • Abierto: De esta manera se expresan los deseos sobre el destino de sus bienes ante el notario, y si se desea él lo redactará acomodándose a las prescripciones legales. Es un procedimiento secreto sobre el que el notario se compromete a no revelarlo a nadie, hasta la muerte del testador. El testamento Abierto es la modalidad más recomendable, por ser la más segura y más cómoda además de ser la más utilizada
  • Cerrado: El testador hace entrega al notario el notario del testamento firmado en un sobre cerrado
  • Ológrafo: lo escribirá el testador a mano. Pero antes de cumplirse será necesario iniciar un procedimiento notarial  para verificar su autenticidad.

Preguntas frecuentes

El Código Civil define el testamento como la declaración de voluntad escrita de una persona por la que dispone el destino de sus bienes y obligaciones, o parte de ellos, para después de su muerte.

Hacer testamento es un procedimiento sencillo y económico, con el que se pueden evitar problemas a familiares y allegados. El testamento sirve además para ordenar tus deseos y tener la certeza que se perpetúan cuando no estés.

Como el fallecido no ha establecido quiénes son sus herederos, será la ley la que los nombre, siguiendo un orden de parentesco. Subrayar que en caso que no haya Herederos Forzosos y no se haya redactado testamento, la Ley designa como heredero al Estado, por tratarse de una herencia vacante.

Sí, el testamento se puede modificar tantas veces como se quiera. Simplemente realizando uno nuevo.

Son aquellos a los que la ley reconoce el derecho a heredar, al menos, una porción del patrimonio del fallecido, llamado legítima.
En primer lugar, los hijos y descendientes (tanto hijos como nietos); en segundo lugar, y a falta de descendientes, se considera herederos forzosos a los padres y ascendientes. La viuda o viudo heredarán en la forma que se establece en la Ley

Si no existen herederos forzosos, los herederos voluntarios pueden adquirir la totalidad de la herencia, y si concurren con los anteriores, podrán adquirir todo lo que exceda del tercio de legítima.

La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, aunque desee hacerlo, porque por ley la reserva a determinados herederos llamados forzosos.

Un testador en su testamento, además de nombrar heredero, es decir, designar la persona o personas que reciban la generalidad de los bienes y derechos, también puede dejar bienes o derechos determinados a una persona, física o jurídica.

Esos bienes pueden ser un bien (un inmueble, un coche, una obra de arte, joyas, etc.) o un derecho (una prestación, el cobro de una deuda, un porcentaje patrimonial, etc.).

Los legados tendrán un límite: no pueden perjudicar en ningún caso la legítima de los herederos forzosos. Además, deben otorgarse obligatoriamente mediante testamento e indicarse de forma expresa.

La parte de la herencia que usted otorgase a la Fundación Yoga Pura Vida no se vería mermada por impuestos ya que al ser una persona jurídica no está sujeta al impuesto de sucesiones. Así mismo los ingresos derivados de las Herencias y Legados están exentos en el impuesto de sociedades por ser una organización no lucrativa declarada de utilidad pública.

En el caso de la herencia, se trata de la donación de bienes del patrimonio de una persona en cualquiera de sus formas. En cambio, en un legado solidario la donación consiste en bienes materiales como inmuebles, obras de arte o joyas

El Notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar de su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.

No obstante, el procedimiento normal es que el Albacea (si es que se ha designado albacea en el testamento) notifique del nombramiento a todos los beneficiarios ya que está obligado para cumplir así con la voluntad del causante.

En el caso que no haya albacea, el resto de herederos han de comunicarse unos con otros y ponerse de acuerdo, ya que en el momento de hacer la partición de herencia todos los beneficiarios que aparecen en el testamento han de estar presentes, ya que de lo contrario no se podría hacer dicha partición.

De todas formas, si decide incluir a la Fundación Yoga Pura Vida en su testamento le rogamos nos lo comunique.

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